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30 mayo, 2025
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La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declara nulo el proceso adelantado en contra de Diego Marín
El alto tribunal solicita que se invalide todo lo que se ha hecho desde el 20 de marzo de 2025, entre estos el fallo en primera instancia del Juzgado 22 Penal del Circuito. Exige, además, que todo el proceso en su contra arranque de cero.
JUSTICIA
Jueves, 29 de mayo de 2025
Un reciente fallo proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente el proceso adelantado en contra de Diego Marín, más conocido como Papá Pitufo.
El alto tribunal declara que en las audiencias adelantadas en contra de Marín se cometieron errores. Se habla de un posible «prevaricato por omisión». Esto porque no se tuvieron en cuenta algunas solicitudes que presentó la defensa, cuando Marín se negó a estar de manera presente en la audiencia, siendo que se acogía a las leyes de Portugal, en donde se encontraba detenido.
“Que en la reposición del trámite invalidado se subsanen las irregularidades precisadas en las motivaciones que anteceden, para lo cual deberá vincularse al trámite constitucional a las partes e intervinientes del proceso penal, en especial, de la Fiscalía, el ministerio público, el apoderado de víctimas y la víctima”, se lee en el documento.
Se trata de la respuesta a la impugnación que interpusieron los abogados de Marín en contra del fallo del 4 de abril de 2025 mediante el cual el Juzgado 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá declaró improcedente la tutela que interpuso la bancada de la defensa.
En el mismo documento se advierte que se incurrió en una “vulneración al debido proceso” y declara la total nulidad de lo actuado.
De qué trata este asunto, que el Tribunal Superior De Bogotá declara nula la decisión Del juez de primera instancia para que urgentemente resuelva un asunto que quedó sin solucionar.
Se habla que hubo, además de “la vulneración al debido proceso”, al acceso a la administración de justicia, porque Diego Marín manifestó su deseo de estar en la audiencia de imputación de cargos, pero técnicamente no podía conectarse porque en el establecimiento en donde se encontraba no había la posibilidad de hacerlo.
Sin embargo, La Juez 48 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías negó la solicitud, siendo que debía acogerse a las fechas ya programadas por las autoridades en Portugal. Conclusión, Marín no podía Conectarse porque la justicia en el país donde se encontraba detenido aún estaba en periodo vacacional.
Redacción Justicia
Editor general
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