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Ministro de Defensa.

Un juez ordenó que el MinDefensa, Carlos Holmes Trujillo, y el director de la Policía, general Óscar Atehortúa, sean arrestados, por no cumplir la tutela que ordena el ascenso del mayor Faiber Jahir Moreno.

¿Por qué Director de la Policía y el MinDefensa, afrontan un proceso de desacato? Juez ordena sean arrestados

Es por no haber llamado a un Mayor a curso de ascenso, quien interpuso una acción de tutela que se falló a su favor. Este oficial fue notificado en febrero de este año que su nombre no había sido tenido en cuenta para evaluación, sin embargo se determinó que la Junta de Generales lo hizo sin soporte. Esta es la historia.

 

Unidad de Justicia

Jueves, 10 de diciembre del 2020

Tanto el director de la Policía, general Óscar Atehortúa, como el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, deberán cumplir con una orden de arresto por tres días, en un establecimiento policial en Bogotá, y una multa de dos salarios mínimos legales.

Así lo decidió el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de  Chinchiná, Caldas, esto por desacato, por no cumplir con lo que ordena el fallo de una tutela de llamar a curso de ascenso al mayor Faiber Jahir Moreno Salazar, que hace parte del grupo 071 de la Policía.

La decisión, firmada por el juez César Augusto Cruz Valencia, establece que no tiene ningún tipo de recurso jurídico, además, que se les seguirá profiriendo el incidente de desacato hasta tanto se cumpla con lo ordenado.

Este es el caso

De acuerdo con los detalles del proceso, el 30 de marzo de este año se requirió al general Atehortúa Duque para que de inmediato cumpliese con el fallo de la tutela proferida el 26 de agosto de 2019, de someter al protocolo de ascenso al mayor Moreno y se advierte que en caso de desacato se le estaría abriendo un proceso disciplinario en su contra.

En ese entonces se le dieron dos días al Director de la Policía para que ofreciera las razones que la institución tuvo para no cumplir con lo que ordenaba el despacho judicial, o en su defecto, que se enviara los documentos que explicaran la razón que habían tenido de no de llamar a curso de ascenso al mayor  Moreno Salazar.

La respuesta de la Policía quedó sintetizada en un documento de fecha 25 de febrero del 2020, cuando se le informa al oficial que no se le había recomendado para  el curso de ascenso y que este era según criterio de la Junta de Evaluación y Clasificación.

 

Por su parte, la respuesta del Ministerio de Defensa, era que no existía ningún orden de mayor jerarquía por parte del ministro Carlos Holmes Trujillo para obligar al general Atehortúa a dar cumplimiento al fallo de tutela.

 

Sin embargo, el despacho judicial determinó que el ministro Trujillo era también directo responsable del cumplimiento del fallo de tutela.

En ese contexto, la Presidencia de la República le envió un oficio el 30 de noviembre de este año al Ministro de Defensa con la exigencia a  que cumpla con lo ordenado por el despacho judicial  y expresa, que existe clara autonomía de los ministerios en estos casos.

Entonces, el ministro Carlos Holmes Trujillo firmó el decreto 1680 cambiando la fecha de ascenso de los compañeros de curso del demandante y se tendría en cuenta su nombre en la lista. Es más, quedó ubicado después del mayor William Yasno Vargas y antes de Fernando Cristancho Ariza.

Es decir, precisa el juzgado, que la “competencia funcional de los ascensos recae en la Dirección de la Policía Nacional”. La respuesta del mando institucional era que no sería tenido en cuenta porque no cumplía con los requisitos que establece el Decreto 1791 del 2000 para ser llamado a curso de ascenso.

 

“No superó la evaluación de la trayectoria profesional y no el concurso previo al curso” –se lee en la respuesta–  y se aclara que cumplía con un primer requisito, el de su vinculación por 25 años en la institución.

 

Es decir, que cumpliendo con el protocolo legal tenía que ser evaluado su desempeño profesional. Es así, como en varias juntas de Generales, entre estas la Junta Asesora del Ministerio de Defensa, se determinó que después de estudiar su hoja de vida y los informes de los entes de control, decidieron dejarlo por fuera.

Sin embargo, lo que exige el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de  Chinchiná, es que se explique cuál es el criterio el que se aplica en estas juntas para determinar que un oficial no debe ser tenido en cuenta, “la forma en que se evaluó su trayectoria policial, su hoja de vida y el desempeño profesional”.

Este despacho exige se le garantice al mayor Moreno Salazar el debido proceso, a la igualdad, frente a sus compañeros de curso que fueron tenidos en cuenta para pasar al siguiente grado, el de Teniente Coronel.

Es decir, que se ordena la modificación inmediata del decreto que establece la promoción de algunos oficiales del curso 071,  que se da plazo de un mes para que se vuelva a evaluar la hoja de vida del mayor Moreno y saber con criterios bien fundamentados si reúne los requisitos para pasar al grado de Teniente Coronel y que se tenga en cuenta el tiempo que estuvo por fuera de la Policía.

Además, insiste en que el mayor Moreno Salazar debe ser llamado de inmediato a curso de ascenso del respectivo grado, con fecha 1 de diciembre del 2009, a sabiendas de que los ascensos no tienen términos o fechas de vencimiento, según lo dispuesto por la Ley.

Este fallo de tutela, es un claro cuestionamiento a los criterios empleados  en la Policía para ascender a los oficiales, que en buena parte son ascendidos aquellos que tienen hasta cuestionamientos en el desempeño policial, investigaciones disciplinarias, y hasta investigaciones judiciales, y en cambio se relegan –sin una explicación– a los que nunca han tenido una anotación negativa en sus folios de hoja de vida.

Redacción Unidad de Justicia

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