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Avianca.

La empresa Avianca precisó que aquellos que deseen reprogramar su viaje, de decidir una nueva fecha, podrán oficializar el cambio.

¿Publicidad engañosa? Lo de Avianca, de anunciar la venta de tiquetes nacionales desde el 11 de mayo

 

Hasta la Superintendencia  de transporte le ofreció un regaño a la aerolínea y ordenó que ofrecieran disculpas a los usuarios por generar falsas expectativas. Esta medida está relacionada con la campaña “Vuela por Colombia a partir del 11 de mayo” que lanzó Avianca, promoviendo la venta de tiquetes desde esa fecha, lo que no se ajusta a la realidad frente a la pandemia.

 

ECONÓMICAS

Sábado, 2 de mayo del 2020

 

Avianca deberá rectificar lo anunciado en su campaña “Vuela por Colombia a partir del 11 de mayo”. Anuncio en el que la aerolínea abría la posibilidad de que los usuarios compraran tiquetes para viajar a cualquier destino del país, a partir de esa fecha.

Es decir, que la compañía empezaría de esta manera a recaudar recursos por venta sin que existiese la posibilidad de cumplimiento a los compradores.

 

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Esto lo determinó la SuperTransporte la que emitió una medida administrativa a la aerolínea Avianca, con la posibilidad de acciones ajustadas a la Ley en caso de que la misma no se cumpla.

 

“Además de la rectificación de la información emitida por la aerolínea mediante piezas publicitarias, la entidad ordena a la sociedad en mención, emitir un comunicado ofreciendo excusas a los usuarios por la confusión causada por dicha campaña, y abstenerse de emitir información que induzca a error a los viajeros”, notifico el Ministerio del Transporte.

 

De hecho hasta el presidente Iván Duque se refirió a lo que estaba haciendo Avianca y la posibilidad de que otras empresas de aviación también estuviesen haciendo lo mismo.

 

“Fui avisado ayer de que algunas aerolíneas estaban empezando a vender tiquetes aéreos a partir del 11 de mayo. Yo quiero ser muy claro: ninguna aerolínea está autorizada para vender tiquetes en Colombia después del 11 de mayo”, manifestó el mandatario.

 

Según el presidente, el restablecimiento de los vuelos nacionales e internacionales será una decisión que tomará el Gobierno “con el equipo científico, oportunamente, para que aquí nadie pretenda habilitar ese tipo de comercializaciones”.

Pero qué contiene la disposición emitida por la SuperTransporte, en la que conmina a la empresa de aviación a cumplir en 24 horas la rectificación, entre los que deberá por los mismos medios en los que promocionó la venta de taquetes dar excusas a los usuarios.

Medida administrativa contra Avianca

Teniendo en cuenta lo anterior, la Superintendencia de Transporte ordena a la Sociedad Aerovías del Continente Americano S.A. – Avianca S.A., rectificar de manera inmediata toda la información y cada una de las piezas publicitarias emitidas y en las cuales se hayan incluido manifestaciones que den certeza que a partir del 11 de mayo se reiniciarán los vuelos o que permitan inferir dicho hecho.

El mensaje de rectificación que deberá publicar:

Deberá estar precedido del siguiente anuncio: “Por orden de la Superintendencia de Transporte, Avianca rectifica su publicidad.”

Deberá indicar a los usuarios de manera clara, precisa, oportuna y veraz que la operación de vuelos domésticos aún no está autorizada, por lo que, no existe certeza respecto a la fecha en que será permitido operar nuevamente y en consecuencia reanudar los vuelos.

Se realizará a través de los mismos medios de difusión empleados por la sociedad Avianca, aun cuando estos no hayan sido indicados en este acto administrativo.

El mensaje de rectificación cumplirá con las mismas características de la publicación inicial, es decir, la misma letra, tamaño, ubicación, periodicidad y elemento que lo conforme.

Así mismo, la Superintendencia de Transporte le ordena a la aerolínea, emitir de manera inmediata un comunicado oficial dirigido al público en general donde se excuse con los usuarios por la confusión que se haya podido generar a causa de la información difundida a través de su página web, correos electrónicos y cualquier otro medio de comunicación. Este comunicado debe ser difundido de manera inmediata en un medio de amplia circulación nacional.

Además de lo anterior, la sociedad debe acreditar el cumplimiento de la presente medida administrativa dentro de las 24 horas siguientes a su comunicación, remitiendo todo el material probatorio correspondiente a esta Superintendencia a través de sus canales virtuales.

La sociedad en mención debe abstenerse de emitir cualquier tipo de publicidad que genere confusión o induzca a error a los usuarios del transporte aéreo en relación con la reactivación de los servicios a ofrecer, y allegar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la comunicación del presente acto administrativo, una relación que contenga la información de la cantidad de tiquetes vendidos desde la fecha de difusión de la campaña publicitaria hasta la comunicación de esta medida, señalando los datos de contacto del usuario y su itinerario.

Posibles acciones en caso de incumplir

El incumplimiento de la presente medida administrativa dará lugar al inicio de las actuaciones administrativas a las que haya lugar, de conformidad con las competencias y facultades otorgadas a la Superintendencia de Transporte.

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