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Angélica Lozano y Claudia López, pareja.

Angélica Lozano y Claudia López formalizaron su relación como pareja en una notaría de Bogotá el 16 de diciembre del 2019.

Procuraduría solicitó se objete demanda para pérdida de investidura de Angélica Lozano, por matrimonio con Claudia López

 

La petición judicial ante el Consejo de Estado es que sea apartada de su curul  la senadora, esto por poseer un contrato matrimonial con la alcaldesa de Bogotá, Claudia López. Se espera después de la audiencia de este viernes la decisión del alto tribunal.

 

 

POLÍTICA

Viernes, 24 de julio del 2020

 

Cuando Angélica Lozano fue elegida como senadora para el periodo 2018 – 2022, el 11 de marzo de 2018, aún no estaba comprometida con la actual alcaldesa de Bogotá, Claudia López. Del mismo modo López fue elegida como Alcaldesa en octubre de 2019. Es decir que cuando se casó aún López aún no tenía ningún cargo público.

Este fue el argumento que esgrimió Vladimir Fernández, procurador delegado, en el proceso por la que sería la pérdida de investidura contra la congresista.

No obstantes, Efraín Negret, el demandante, precisó que hubo una violación de la norma que expresa claramente que: “no se podrá elegir como Congresista aquellos que tengan vínculos por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, nietos, abuelos, tíos y sobrinos), primero de afinidad, o único civil, con funcionarios que ejerzan autoridad civil o política”.

 

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Para el demandante este principio se vulnera desde el mismo momento que Lozano contrajo matrimonio con Claudia López, que fue esa la razón fundamental para solicitar una medida cautelar al Consejo de Estado, que fuese separada de su curul mientras se resuelve la situación.

Por su parte Lozano precisó que la demanda de Efraín Negret es una acción  “temeraria e infundada con tintes homofóbicos”. Además, explicó que su inhabilidad se daría en caso de una aspiración al Concejo o la Cámara por Bogotá, pero en el Senado está no tiene ninguna aplicación.

 

“Mi matrimonio es tan válido como el de cualquier otro ciudadano”, puntualizó Lozano.

Con estas intervenciones el Consejo de Estado cerró esta etapa del proceso, quedando entonces para los próximos su decisión al respecto, de si le mantienen o no la investidura de Lozano como congresista.

 

Qué es la pérdida de investidura:

  • “Es una figura de rango constitucional que fue creada inicialmente para separar a los congresistas de su condición cuando se encuentren incursos en causales específicas y taxativas señaladas en la Constitución. (…) la pérdida de investidura constituye, entonces, un juicio de carácter jurídico, subjetivo, sancionatorio y ético basado en las causales previstas en la Carta Política”.

 

Esta no es la primera vez que se demanda la relación marital de la alcaldesa y la senadora. En el 2015 el abogado Víctor Velásquez, el mismo que demandó a Antanas Mockus, también solicitó la pérdida de investidura.

Sin embargo, para ese momento la pareja solo sostenía un noviazgo y el Consejo de Estado no halló argumentos válidos para estimar el proceso sancionatorio a Lozano. No es lo mismo a la fecha, puesto que ya hay de por medio una unión conyugal.

El alto tribunal ya tiene las pruebas en su poder, como el acta de matrimonio de la pareja que solicitó a la notaría 69 del Círculo Notarial de Bogotá. También, copia del acto de posesión de Lozano como senadora.

Recordemos que la unión marital se efectuó el  16 de diciembre y la ceremonia se celebró en el piso 41 del Centro Comercial San Martín, zona céntrica de Bogotá.

Redacción Política

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